Orkla Cederroth S.A.U. con CIF A08980070 y domicilio social en Pol. Ind. Can Barri, Carrer D naves 11-12, 08415 Bigues i Riells – España (en adelante, el “Organizador”), ha organizado una promoción publicada en la red social Instagram.
PRIMERO – OBJETO
Con motivo de la promoción de Orkla Cederroth S.A.U. (Devor-olor) se lanza un sorteo dirigido a dinamizar sus comunidades digitales y generar visibilidad a través de un post que será publicado el 17 de diciembre de 2025.
SEGUNDO – CONTENIDO Y MECÁNICA
Para participar en la promoción publicada en Instagram, los usuarios deberán cumplir los siguientes pasos:
1. Ser mayores de 18 años.
2. Seguir la cuenta oficial de @devorolor_esp en Instagram.
3. Dar “me gusta” al post del sorteo publicado en la cuenta oficial @devorolor_esp.
4. Etiqueta a una persona en los comentarios.
5. Punto extra. Publicar el post del sorteo en stories.
TERCERO – PREMIO
Se seleccionará 1 ganador/a, recibirá 1 lote compuesto por:
– Balón de la Liga temporada 24/25 versión pro oficial por valor de 130€ aprox firmada por la portera titular de la selección española de futbol y del F.C.Barcelona Catalina Coll Lluc, más conocida como Catacoll. o El premio es un artículo firmado. La organización aportará la documentación de origen disponible. No se ofrece peritaje salvo que se indique expresamente.”
– Tiquet regalo por valor de 150€ en cualquier tienda de FutbolEmotion.
– Kit de Devor-Olor:
o 1 spray desodorante.
o 1 pack de polvos desodorantes.
o 1 pack plantillas sport.
o 1 pack plantillas oficina.
o 1 pack plantillas diario.
Este premio es único, indivisible y no canjeable por dinero u otros productos.
CUARTO – SORTEO
El sorteo se realizará del 17 de diciembre al 5 de Enero. El 7 de enero se seleccionarán los ganadores mediante una herramienta de selección aleatoria entre todos los comentarios válidos. El ganador será anunciado en los comentarios del reel y en las stories de la cuenta oficial de Devor-olor. Dispondrán de un plazo de 5 días naturales para aceptar el premio. En caso de no respuesta, se contactará con un suplente.
QUINTO – ENTREGA DEL PREMIO
1. El premio será enviado a la dirección facilitada por el ganador sin coste adicional.
2. En caso de ausencia, se realizará un segundo intento. Si no se consigue la entrega, el premio se considerará no reclamado.
3. El premio podrá ser recibido por una tercera persona autorizada.
4. Una vez entregado el premio, toda responsabilidad pasa al ganador/a.
SEXTO – RESPONSABILIDAD Y CONDICIONES
El Organizador se reserva el derecho de modificar, aplazar o cancelar el sorteo si concurren causas de fuerza mayor, comunicándolo debidamente.
Orkla Cederroth S.A.U. se responsabiliza de incidencias ajenas (pérdidas, retrasos, daños, etc.) una vez realizado el sorteo y enviado el premio.
SÉPTIMO – RESTRICCIONES
7.1. Solo podrán participar personas mayores de 18 años residentes en España peninsular y Baleares.
7.2. El premio no es canjeable por dinero ni sustituible.
7.3. Los participantes asumen el uso adecuado de los productos recibidos.
7.4. Este sorteo incluye una bebida alcohólica (vermut), por lo que la participación queda estrictamente limitada a mayores de 18 años. Orkla Cederroth S.A.U.
OCTAVO – EXCLUSIONES
No podrán participar:
• Empleados de Orkla Cederroth S.A.U. y agencias vinculadas a la ejecución del sorteo.
• Familiares directos de los anteriores o cualquier persona relacionada con la organización de la promoción.
NOVENO – PROTECCIÓN DE DATOS
Los datos personales facilitados por el ganador serán tratados por Orkla Cederroth S.A.U. únicamente para gestionar la entrega del premio.
Conforme al Reglamento (UE) 2016/679 (RGPD), los participantes podrán ejercer sus derechos de acceso, rectificación y cancelación escribiendo a: martina.egea@orkla.es
DÉCIMO.- DERECHOS DE AUTOR, PROPIEDAD INDUSTRIAL Y/O
INTELECTUAL
Los participantes garantizan que disponen de los derechos de autor, de propiedad industrial y/o intelectual, consentimiento expreso o de cualquier otra naturaleza sobre las propuestas enviadas y, ceden en exclusiva a favor de Espinaler todos los derechos de explotación sobre las mismas.
UNDÉCIMO.- FISCALIDAD
6.1 Al premio de la presente Promoción le son de aplicación las disposiciones contenidas en la Ley 35/2006, de 28 de noviembre, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y de modificación parcial de las Leyes sobre el Impuesto de Sociedades, sobre la Renta de los no residentes y sobre el Patrimonio. También le serán de aplicación las previsiones contenidas en el Real Decreto 2004/2009, por el que se modifica su Reglamento; Real Decreto 1003/2014, de 5 de diciembre y novedades tributarias introducidas por el 633/2015, de 10 de julio; Disposiciones transitorias Primera y Tercera de la Ley 13/2011, de 27 de mayo, de Regulación del Juego, la disposición adicional primera de la Ley 25/2009, de 22 de diciembre, de Modificación de diversas leyes para su aceptación a la Ley sobre el libre acceso a las actividades de servicio y su ejercicio, y el artículo 48, apartado 6, y apartado 7, número 12 de la Ley 13/2011, de 27 de mayo de Regulación del Juego; Orden EHA/388/2010 de 19 de febrero, por el que se aprueba la tasa sobre apuestas y combinaciones aleatorias, autoliquidación, se determina el lugar y forma de presentación y se establecen las condiciones y el procedimiento para su presentación telemática y demás disposiciones concordantes y dictadas en su desarrollo por lo que, en su caso, corresponderá al Promotor la realización del ingreso a cuenta o la práctica de la retención procedente del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (en adelante IRPF).
6.2 De conformidad con el artículo 101.7 de la Ley del IRPF y el artículo 75.3.f) del Reglamento del IRPF, ORKLA deberá practicar la oportuna retención o ingreso a cuenta respecto de cualquier premio cuyo valor supere los 300 euros. El importe de la retención será el vigente en el momento de la entrega del premio.
6.3 ORKLA se hará cargo del importe correspondiente al ingreso a cuenta del IRPF sobre el valor del premio. No obstante, corresponde al ganador incorporar tanto el importe del valor del premio como el importe del ingreso a cuenta no repercutido en su declaración anual del IRPF.
6.4 ORKLA advierte al premiado que, dependiendo de su nivel de renta, la incorporación del valor del premio y del ingreso a cuenta a su declaración, podría suponer un incremento en los impuestos que tengan que pagar por IRPF.
Asimismo, se informa al participante/ganador que deberán confirmar el día de su designación como tales sus datos personales, mostrando su DNI o documento válido de identificación en España.
6.5 ORKLA no será, en ningún caso, responsable de la incorrecta declaración fiscal que al efecto pueda hacer el ganador de premio.
6.6 Se informa a los participantes que, dado el valor del premio ofrecido, estos no están sujetos a retención o ingreso a cuenta de IRPF.
DUODÉCIMO.- PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES
7.1 Los participantes aceptan, mediante su participación en el sorteo que los mensajes que sean publicados en relación con la Promoción sean compartidos con el resto de los usuarios de Instagram sin que ello infrinja su privacidad.
7.2 De acuerdo el Reglamento (UE) 2016/679 General de Protección de Datos, ORKLA informa a los participantes que los datos personales facilitados para su participación en la Promoción, o los que facilite posteriormente en caso de resultar ganador, serán incorporados y tratados en un fichero automatizado de datos de carácter personal creado y bajo la responsabilidad de ORKLA, con la finalidad de poder gestionar su participación en el sorteo y entregar el premio que en su caso corresponda, incluyendo la de su nombre y apellidos en el perfil de Instagram de la marca.
En consecuencia, el tratamiento de dichos datos está basado en la voluntad del interesado de participar en el sorteo. Los datos proporcionados se conservarán mientras se mantenga la relación entre ORKLA y el participante. Posteriormente, ORKLA únicamente conservará los datos personales durante el periodo de tiempo que fuera necesario para cumplir con las obligaciones legales que se aplican a ORKLA. En ningún caso se contempla por parte de ORKLA la existencia de decisiones automatizadas para la elaboración de perfiles o la transferencia internacional a terceros países.
7.3 ORKLA podrá contratar, a terceros, parte de los servicios relacionados con la gestión del sorteo con el fin de obtener soporte logístico y/o administrativo (por ejemplo, a empresas que realizan el servicio de entrega de los premios o a empresas de tecnologías de la información). Estas empresas pueden tener acceso a los datos personales de los participantes únicamente en la medida que ello sea necesario para el cumplimiento de los servicios contratados y siempre y únicamente en relación con las finalidades de tratamiento de los datos indicadas en este apartado.
7.4 El participante podrá ejercer los derechos de acceso, rectificación, cancelación, oposición, limitación del tratamiento o portabilidad de los datos mediante petición escrita con el concepto “Concurso-Promoción: SORTEO ORKLA!”
Esta petición tendrá que ir dirigida a Orkla a la dirección de correo electrónico: señalada anteriormente (martina.egea@orkla.es) aportando siempre prueba de su identidad mediante copia de su documento de identidad o cualquier otro documento acreditativo a la misma.
– Orkla se reserva el derecho de comprobar en cualquier momento la veracidad de los datos facilitados, así como las edades e identidades de los ganadores antes de proceder a la entrega de los premios.
– Orkla informa a los interesados del derecho que ostentan de presentar una reclamación ante la Autoridad de Control de Protección de Datos (Agencia Española de Protección de Datos).
DECIMOTERCERO.- LEY APLICABLE
La interpretación y el cumplimiento de las presentes Bases Legales se regirán por la Legislación Española. El fuero competente para cualquier controversia que pudiera derivarse de la promoción será el de los Juzgados y Tribunales de Barcelona, con renuncia expresa a cualquier otro fuero competente.
DÉCIMOCUARTO – ACEPTACIÓN Y PUBLICIDAD DE LAS BASES
La participación en este sorteo implica la aceptación íntegra de estas bases legales y de las decisiones interpretativas que pueda tomar el Organizador.